Ayuda por enfermedades terminales y/o catastróficas
Ayuda que se otorga una sola vez, por un monto de veinticinco mil lempiras (L25,000.00), en caso que al afiliado se le haya diagnosticado una de estas enfermedades:
• Infarto agudo al miocardio.
• Accidente cerebro vascular (hemorragia o derrame, infarto y parálisis cerebral).
• Cáncer.
• Insuficiencia renal.
• VIH/Sida.
Práctica de las siguientes intervenciones:
• Cirugía arteria-coronaria
• Trasplante
• Operación Bypass
Dirigido a
A todos los afiliados ya sean jubilados o activos que tengan la cobertura del seguro de vida.
Requisitos generales
• Llenar formulario de reclamación.
• Constancia médica con diagnóstico.
• Exámenes médicos que permitieron realizar el diagnóstico de la enfermedad.
• Copia Tarjeta de Identidad.
Condiciones
Para aplicar al beneficio, la enfermedad diagnosticada deben estar dentro de la fecha que el afiliado tiene cobertura del seguro de vida. Si el diagnóstico en antes de haber obtenido el seguro, el beneficio no le aplicará.
Responsable de entregar el beneficio
100% la compañía aseguradora contratada.
Costo: Ninguno